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Tras meses de desacuerdo de las principales asociaciones empresariales de diferentes industrias, solicitando retrasar la introducción del Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables, este se ha puesto en marcha, como estaba previsto. El 30 de diciembre, se publicaba en el BOE la orden HFP/1314/2022 que regula el impuesto. Se debe recordar que este impuesto estaba incluido en los Presupuestos Generales del Estado, como una nueva fuente de ingresos y, por tanto, era complicado rectificar esta decisión.
Analizando la forma de reglamentar el impuesto, existen dos formas contrapuestas de plantearlo. La primera, de forma negativa, penalizando a todas las empresas del mercado, aplicándoles un nuevo coste por la tasa, costes adicionales para incluir productos más reciclados, costes de búsquedas de nuevas fuentes de suministro, costes internos administrativos de gestión, de operación y de documentación para poder presentar el impuesto y solicitar las exenciones y deducciones. Al final, sumando todas las partidas, hemos conseguido que las empresas sean menos competitivas que las de nuestros países vecinos. Por otro lado, el coste de adaptación y gestión de las empresas será muy superior a lo recaudado, lo cual no tiene sentido.
La segunda alternativa, la positiva, cuyo objetivo debe ser premiar a las empresas que cumplen el espíritu de la ley, reduciendo el consumo de plástico no reciclado. En este escenario, se pueden aplicar beneficios fiscales, que reducen los costes asociados, y hacen a estas empresas más competitivas. Otra ventaja de este modelo es que liberamos al resto de las empresas de las obligaciones tributarias.
Respecto al impuesto, desde mi punto de vista, la Administración Pública no ha estado a la altura, por la fecha tardía en la que ha aprobado la ley, lo poco afortunado y descriptivo de su título, la poca información y comunicación trasladada a las empresas, y el reducido tiempo ofrecido para que el mercado se adapte a la normativa. Si el título hubiese sido “Impuesto Especial sobre los Envases y Embalajes Plásticos de un solo uso” muchas empresas se hubiesen dado por aludidas.
Revisando el grado de preparación de las empresas, nos sorprende y preocupa, que sigue habiendo mucho desconcierto y desconocimiento, sobre a cuáles aplica y a cuáles no el impuesto.
Podrá leer el artículo de opinión completo en la revista ARAL